Plusvalía

He vendido una casa después de 20 años, pero estaba en usufructo hasta la hora de la venta. ¿Debo p'agar plusvalía?. ¿Desde cuándo?
Gracias
Respuesta
1
En principio, la plusvalía debería haberse pagado por la consolidación del usufructo y la nuda propiedad antes de la venta.
¿Cómo adquiriste la plena propiedad? (usufructo+nuda propiedad)
El calculo se hace teniendo en cuenta los 20 años anteriores a la transmisión.
La casa era de mi padre, que hace más de 20 años la puso a mi nombre y se reservo el derecho del usufructo.A su muerte se ha vendido, reclamándome el Ayuntamiento una gran cantidad de dinero no estando, ni ellos mismos de como hacer el calculo.
El usufructo ha durado más de 20 años, pagando los impuestos durante estos años el beneficiario.
¿Debo pagar todos los años, osea 20?
¿Cómo lo calculo?
Gracias
Como te he dicho, la plusvalía se genera primero con la muerte de tu padre y esa es en la que entran en el calculo los 20 años (como máximo) y esta deberían pagarla los herederos posteriormente se generaría otra plusvalía con la venta (siempre que haya pasado más de un año desde la muerte de tu padre ya que el periodo mínimo para el calculo es de un año y si es de menos no se puede cobrar plusvalía).
Para el calculo deberás echar mano de las ordenanzas municipales en las que se deben reflejar las variable que intervienen en el calculo y que están en función del numero de habitantes del municipio y del numero de años de generación del impuesto... como ejemplo:
Un municipio con 80.000 habitantes puede establecer como máximo un porcentaje para un periodo de hasta 20 años, un 2,7% y se calcula así. (Como máximo)
20 (nº de años)* 2,7% = 54%
Valor catastral * 57%= cuota a pagar.
Pero ya te digo que debes acudir a als ordenanzas.

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