Venta piso heredado

Mi padre y mi tío han heredado un piso en burgos. Hemos liquidado ya todos los impuestos en la jcyl y en el ayuntamiento de burgos. La plusvalía que hemos pagado han sido 7300 euros. Si lo vendemos ahora tenemos que volver a pagar la plusvalía, ¿o corre por cuenta del comprador?. ¿Será elevada habiendo pagado en agosto al aceptar la herencia?.
Por otro lado, mi tío falleció en marzo, en agosto hemos liquidado todos los impuestos y hecho los tramites en el notario. Me gustaría saber como nos saldrá mejor a la hora de pagar impuestos a hacienda (mi padre ya no hace declaración de la renta por llevar jubilado 1o años y sin ningún ingreso más que la pensión), vendiéndolo este año o esperando uno o dos años. Alguien le ha dicho a mi tío que es mejor esperar para no pagar tanto.

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La plusvalía se paga cada vez que haya una transmisión pero como máximo una vez por año, por lo que si lo venden antes de que pase un año desde el fallecimiento no tendrán que pagar nada. De todos modos tengan en cuenta que la plusvalía se calcula en función de los años transcurridos por lo que si ha pasado más de un año el importe que tendrán que pagar ahora será mucho menor que los 7300 que ya han pagado.
La pluvalía es siempre a cargo del vendedor salvo por fallecimiento.
Para ver que le interesa a la hora de vender tenga en cuenta lo siguiente:
Hay que calcular la ganancia (valor de venta menos valor de adquisición) y sobre esta se paga un 15% si el piso ha estado en su poder más de un año y un % que depende de su nivel de renta y que puede oscilar entre 0% y 45%.
Mire si a su padre le hacen retenciones en su paga ya que ese % es su tipo medio de la declaración de renta y si es más de un 10% le convendrá vender ese piso cuando pase al menos un año para pagar menos impuestos.
Mi padre tiene una pensión de +- 400 euros y creo que no le hacen ninguna retención.
¿El 15% es solo si ha pasado más de un año en nuestro poder?. Si lo vendemos antes cual es el tipo. ¿Cuál es la fecha de adquisición la de la firma de la aceptación en el notario o cuando se inscribe en el registro de la propiedad?. Gracias por tu interés y rápida respuesta.
Por lo que me dice parece que convendría esperar al año para pagar sólo el 15% pero para estar seguro es mejor hacer la declaración de la renta (como si fuese la del 2004 añadiendo esta venta).
El 15% es fijo si tiene más de un año, si es menos de un año es variable por eso le comento que sería conveniente hacer la declaración ahora para estar seguros.
La fecha de adquisición es la fecha de fallecimiento de la persona que se lo legó.
Hola, muchísimas gracias por tu interés y tus prontas respuestas. Es el mejor experto al que he preguntado en esta página. Si no es abusar me podrías decir si desgrava en algún sitio los impuestos que pagamos en jcyl. Parte lo pagamos con cargo a las cuentas de mi tío fallecido. Ahora recuperaremos algún dinero de fondos de inversión. Por este dinero ¿hay qué pagar en más sitios?. Gracias. Muchísimas gracias.
Los impuestos pagados en JCYL no desgravan pero si son un mayor coste por lo que a la hora de calcular la ganancia, esta será menor ya que el valor de adquisición será el que se le dio a efectos del impuesto de sucesiones + los impuestos y gastos (notaría, registro, plusvalía, etc)referentes a dicho piso, por lo que la cantidad a pagar será algo menor.
EL dinero que saquen de los fondos de inversión también tributarán por la ganancia de dicho fondo (pero como los fondos están sujetos a retención, si estos tienen más de un año, cuando haga la declaración de renta ya estará pagado lo referente a los fondos.)

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