Pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades y resultado del ejercicio negativo

Hola, quisiera saber si una empresa viene presentando pagos a cuenta del Impuesto de sociedades (modelo 202), y en Julio presenta un impuesto negativo, ¿En octubre tiene que hacer el pago a cuenta sobre ese impuesto negativo, o ya no lo presentaría más hasta tener cuota positiva?

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Existe una opción voluntaria a la que se puede acoger durante el mes de febrero prentando el modelo 036 y que consiste en pagar a cuenta sobre los beneficios de los 3,9, y 11 meses del ejercicio en curso.
De no haber ejercido esta opción que a veces es interesante, debe pagar a cuenta en el ejercicio posterior sobre la base del último impuesto presentado.
Dicho lo anterior, y suponiendo que no ha optado por el art. 38.3 que menciono, es evidente que su pag a cuenta de octubre (2º P) se basa en el impuesto presentado en Julio.
En este caso, y si la base es negativa, como dice, no solo no tendrá que pagar a cuenta sino ni siquiera presentar el modelo 202.
Y en efecto solo lo presentarçá cuando tenga que pagar a cuenta, y para ello deberá tener una base positiva (en declaración de plazo vencido).
Quiere decir que hasta el siguiente mes de octubere en sociedades de ejercicio anual corriente no deberá plantearse el pago a cuenta, siempre que la base sea poisitiva como usted bien dice.

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