Venta vivienda habitual y declaración

Soy de Madrid, en 1996 compre una vivienda por 53193,43 más unos gastos de 1363,43 de notaria gestoría etc.
A finales de 2005 la vendimos por 180000 con unos gastos de gestoría y plus valía municipal 1767,71
También cancelamos una hipoteca con el dinero de venta que sumaba la cantidad de 33450 dicho crédito lo aumentamos en 17000 en el año 2003.
Hemos comprado una vivienda de vpp que no la entregaran a finales del 2006 principios del 2007 mi dudas son las siguientes:
1º la plus valía municipal se puede sumar al gasto de gestoría y restarlo ala cantidad de venta.
2ºel crédito que debemos descontar es 33450 o 17000.
3ºla vivienda que hemos comprado tiene un valor de 120028.85 dicha suma esta incorporada un 2º garaje.
4ºla vivienda en cuestión va ha tener unas mejoras valoradas en 10000 cantidad que no se puede poner en precio venta por que el metro cuadrado esta estipulado por la comunidad, esta cantidad se le puede sumar al precio de compra por reinversión.
5ºHacienda como sabe si reinvierto la cantidad que le digo que voy ha reinvertir, se tiene que dar algún tipo de factura para que ellos lo comprueben o en las declaraciones posterioes hay que hacer referencia a dicha reinversión o solo en el ejercicio de la venta.
6ºPuedo decir que voy ha reinvertir toda la ganacia y si no lo hago al final hacer una declaración de compensación y si ni no la hago que multa me pueden poner.

1 Respuesta

Respuesta
1
Esta algo liada la pregunta, pero te respondo por puntos.
1) Sí, se pude sumar.
2) El crédito no podéis descontar nada, tan sólo los gastos de cancelación.
3) El precio de la vivienda, como vivienda habitual es la suma de piso más garaje, siempre y cuando vaya en la misma escritura. Y te podrás deducir por los dos.
4) Si no va dentro del precio de escritura no se puede sumar, aparte las mejoras no son deducibles.
5)Hacienda no es adivina, sólo le llegará el valor de la venta. Si te llama eres tú el que tendrás que montar y demostrar toda la operación tal cual fue. Si no te llama coló lo que pongas...
6) Poder puedes, si lo haces voluntariamente pues un recargo del 5-10-15-20% o 20%más intereses dependiendo si lo haces voluntariamente y dependiendo del paso transcurrido.
Si lo haces mediante requerimiento, una sanción que posiblemente supere el 30% de las cantidades que has dejado de ingresar..
7) Las cantidades que entregaste por vivienda en construcción no puedes deducirla. Y si deduces algo a partir de ahora será por que has superado las cantidades que te has deducido en ejercicios anteriores.
8) La reinversión no podrás hacerla hasta que no tengas la escritura.
Esta operación es la típica que necesita un asesoramiento. Puede salirte muy cara una operación de este tipo mal planteada por ahorrarte unos euros.
También quería preguntarle que durante el 2005 pagamos unas cantidades de la hipoteca de la antigua vivienda, esta cantidad la puedo desgravar como adquisición de vivienda habitual.
Perdone por no anotar lo todo junto la vivienda que hemos adquirido la llevamos pagando desde le 2003 aunque hemos firmado un contrato hace un mes diciendo que habíamos pagado la cantidad de 19075.41 euros hasta contrato, la reinversión debemos decir que lo hemos pagado hasta 31/12/2005 o podemos poner que la hemos echo en el 2006 y justificarla con el contrato porque no pone cuando se han echo estos pagos.
A donde o mejor dicho que tipo de profesional me puede realizar la declaración de la renta para no tener ningún problema y si conoces alguien de madrid te agradecería que me reconmendaras a alguien
Muchas gracias.
Asesoramiento fiscal.
Siento no poder recomendarte a ningún profesional de Madrid.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas