Iva

Soy podologa titulada y colegiada, y quiero empezar a trabajar en residencias. Pero me piden factura con iva. ¿Tengo qué darme de alta en autónomos o similares? O ¿Solo cobrar y liquidar el iva de forma trimestral y resumen anual? ¿Pero ello tendría que darme de alta en hacienda?

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Tendrías que darte de alta en autónomos en la suridad social y en actividades en hacienda. Aunque advertirte que si la podología esta considerada como profesional sanitario estarías exenta de IVA(ley 37/1992 art. 20. Uno 3°) aunque eso no evita que tengas que darte de alta.

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