Vivienda habitual
Buenas tardes,
Ante todo, gracias por el tiempo que dedican a contestar dudas o resolver problemas.
Mi pregunta está relacionada con el concepto de vivienda habitual a efectos de penalización en caso de venta de la misma antes de 3 años.
Mi caso es el siguiente: Mi pareja y yo compramos un piso en Agosto 2003. El piso tenía 2 habitaciones y 60m2 útiles. En Enero del 2005 tuvimos a nuestro 1er hijo. Entonces empezamos a pensar en comprar una casa más grande ya que teníamos claro que daríamos más adelante un hermanito a nuestro 1er hijo. En ese momento no teníamos ni la menor idea de que Hacienda te penalizaba por vender tu casa antes de 3 años, por no considerarla habitual. Así que empezamos a buscar y encontramos un chalet por un precio que podíamos pagar en un pueblo un poco perdido de la mano de Dios. De ahí que lo pudiéramos pagar. Así que vendimos nuestro piso en Diciembre del 2005. Es decir, que estuvimos viviendo en el piso durante 2 años y 4 meses.
Al hacer la declaración de la renta del año 2005 Hacienda nos penaliza por porque, al haber vendido nuestro piso antes de los 3 años, no la considera habitual y por tanto tenemos que devolver las cantidades recibidas por deducción de vivienda habitual y además nos sancionan por querer aplicarnos la exención por reinversión.
¿Esto se traduce en tener que pagar 13 mil?. La declaración nos la hizo un amigo ntro. Que tiene una Asesoría. Cuando recibimos la carta de Hacienda, él envió una reclamación alegando que el nacimiento era una "circunstancia que necesariamente exigía el cambio de vivienda" pero no nos la han aceptado, así que encima cuando hemos recibido la respuesta con la no aceptación de la alegación nos incluyen intereses por demora...
Sinceramente no entiendo porqué sí se puede aplicar la exención en caso de matrimonio o en caso de obtención de primer empleo (q no se q tendrá que ver con vivienda habitual) y que no se pueda considerar el nacimiento de un hijo como causa más que suficiente para aplicar la exención. Por cierto hemos tenido a nuestro 2º hijo (una niña) en Agosto.
Bueno a todo esto, la pregunta es... ¿podemos hacer algo o nos lo comemos con patatas? Ntro amigo asesor ya nos ha dicho que si recurrimos va a ser bastante difícil que nos acepten la alegación por vía administrativa y que habría que ir a juicio o algo así.
La verdad, me fastidia pensar que por ser unos ignorantes de la vida (unos pringaos, hablando claro..) nos pasen éste tipo de cosas... Si lo llegamos a saber hubiéramos aguantado los 8 meses q kdaban para cumplir los 3 años. Siempre hemos pagado todos los impuestos y nunca nos hemos escaqueado y ahora tenemos que pagar por una norma que no comprendo.
En fin, agradecería cualquier cosa que se le ocurra para evitar el pago, y si no, pues nada.
Gracias.
Ante todo, gracias por el tiempo que dedican a contestar dudas o resolver problemas.
Mi pregunta está relacionada con el concepto de vivienda habitual a efectos de penalización en caso de venta de la misma antes de 3 años.
Mi caso es el siguiente: Mi pareja y yo compramos un piso en Agosto 2003. El piso tenía 2 habitaciones y 60m2 útiles. En Enero del 2005 tuvimos a nuestro 1er hijo. Entonces empezamos a pensar en comprar una casa más grande ya que teníamos claro que daríamos más adelante un hermanito a nuestro 1er hijo. En ese momento no teníamos ni la menor idea de que Hacienda te penalizaba por vender tu casa antes de 3 años, por no considerarla habitual. Así que empezamos a buscar y encontramos un chalet por un precio que podíamos pagar en un pueblo un poco perdido de la mano de Dios. De ahí que lo pudiéramos pagar. Así que vendimos nuestro piso en Diciembre del 2005. Es decir, que estuvimos viviendo en el piso durante 2 años y 4 meses.
Al hacer la declaración de la renta del año 2005 Hacienda nos penaliza por porque, al haber vendido nuestro piso antes de los 3 años, no la considera habitual y por tanto tenemos que devolver las cantidades recibidas por deducción de vivienda habitual y además nos sancionan por querer aplicarnos la exención por reinversión.
¿Esto se traduce en tener que pagar 13 mil?. La declaración nos la hizo un amigo ntro. Que tiene una Asesoría. Cuando recibimos la carta de Hacienda, él envió una reclamación alegando que el nacimiento era una "circunstancia que necesariamente exigía el cambio de vivienda" pero no nos la han aceptado, así que encima cuando hemos recibido la respuesta con la no aceptación de la alegación nos incluyen intereses por demora...
Sinceramente no entiendo porqué sí se puede aplicar la exención en caso de matrimonio o en caso de obtención de primer empleo (q no se q tendrá que ver con vivienda habitual) y que no se pueda considerar el nacimiento de un hijo como causa más que suficiente para aplicar la exención. Por cierto hemos tenido a nuestro 2º hijo (una niña) en Agosto.
Bueno a todo esto, la pregunta es... ¿podemos hacer algo o nos lo comemos con patatas? Ntro amigo asesor ya nos ha dicho que si recurrimos va a ser bastante difícil que nos acepten la alegación por vía administrativa y que habría que ir a juicio o algo así.
La verdad, me fastidia pensar que por ser unos ignorantes de la vida (unos pringaos, hablando claro..) nos pasen éste tipo de cosas... Si lo llegamos a saber hubiéramos aguantado los 8 meses q kdaban para cumplir los 3 años. Siempre hemos pagado todos los impuestos y nunca nos hemos escaqueado y ahora tenemos que pagar por una norma que no comprendo.
En fin, agradecería cualquier cosa que se le ocurra para evitar el pago, y si no, pues nada.
Gracias.
Respuesta de binot
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