Pagar agencia tributaria

Hace 5 años compre un piso por 87000 euros del cual tengo una hipoteca de 71000euros tengo una casa de propia construcción con una hipoteca de 111000euros quiero vender el piso por 220000euros y pagar las dos hipotecas cuanto tendría que pagar a hacienda más o menos para hacerme una idea y que luego no me falte dinero muchas gracias
Respuesta
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Depende de la situación de las viviendas podrían darse dos situaciones:
1.- Si el piso no ha sido tu vivienda habitual en ningún momento, o lo ha sido pero la casa la construiste hace más de dos años la situación seria la siguiente:
Te explico como debes calcular el tema, de manera que los datos que desconozco puedas sustituirlos:
Debes obtener el valor de adquisición que es igual a:
Precio de Compra: 87.000
A este importe se le pueden sumar todos los gastos derivados de la compra, tales como notaria, impuesto de transmisiones o iva, gastos constitución de hipoteca
Las reformas, solo se pueden incorporar siempre y cuando se consideren mejoras del inmueble. Por ejemplo si le pones el aire acondicionado si, la pintura no. Son conceptos sujetivos.
El coste de adquisición ascenderia a 87.000 + ? = 87.000
El precio de compra hay que actualizarlo, dependiendo del año en que lo compraste, en tu caso entiendo que lo adquiriste en 2002, el coeficiente de actualización es 1,1040
Por lo tanto: 87.000 x 1,1040 = 96.048 Seria el valor de adquisición.
Después el valor de enajenación que es igual a:
Valor de venta: 222.000
Igualmente a este importe se le pueden restar todos los gastos derivados de la venta, tales como notaria, plusvalía municipal, gastos cancelación de hipoteca.
Valor de enajenación:222.000-? = 222.000
De aqui obtenemos la ganancia patrimonial:
222.000 - 96.048 = 125.952
El tipo Impositivo el año 2007 para las ganancias patrimoniales es = 18%
125.952 x 18% = 22.671,36 Este seria el impuesto a pagar.
2.- En caso de que el piso haya constutido tu vivienda habitual durante un mínimo de tres años y no hayas finalizado la construcción de la vivienda dos anos antes de la venta podrías acogerte a la exención por reinversión. Que ademas en base a los datos que facilitas seria una exención casi total.

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