Renta 2007

Hola!
Os explico un poco la situación para ver si me podéis echar una mano.
Soltera, vivo en pareja (sin habernos inscrito como pareja de hecho).
En Julio de 2007 adquirimos una vivienda(2º para él y primera para mi).Vivimos en Barcelona dónde él está censado y el piso es de su propiedad.Yo aun estoy empadronada en casa de mis padres.El otro piso está ubicado en (Girona) y tenemos cada uno el 50%, ninguno de los 2 está empadronado allí y fue comprado en Julio de 2007.
Ambos aparecemos en la hipoteca.En ella están incluidos los 2 pisos.
Mis preguntas son:
1. Las minutas notariales están a mi nombre únicamente.Me las puedo deducir yo sola o ha de ser 50-¿50?
2. Al ser una única hipoteca para las 2 viviendas, ¿nos podemos deducir cada uno los 9000 euros? ¿Es esto posible sin estar yo empadronada en ninguna de las 2 viviendas?
Quizá este mezclando conceptos.Si fuerais tan amables de iluminarme un poco y aclararme estas dudas

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1,. Las facturas del notario son gastos de adquisición de vivienda, pero al no estar casados, no tenéis bienes en gananciales, por lo que el notario debería haber expedido la factura a dos nombres. En tu caso, solo tú podrás ponerla como gastos de compra.
2.- Si no estás empadronada, pero sí tienes declarado ese domicilio en la AEAT como domicilio fiscal, tienes contratos de luz, agua,... a tu nombre con consumos que demuestren que estás habitando la vivienda, te podrás desgravar por la casa donde efectivamente tengas tu residencia habitual, si vives en Barcelona, y la casa de la que eres propietaria al 50% está en Girona, no podrás desgravar por ella puesto que no es tu residencia habitual.
3.- Aunque haya una reunificación de hipotecas, no puede tu pareja desgravar nada más que por la parte proporcional que afecta a la casa de Barcelona.
Hola Bartorca1
Muchas gracias por tu rápida respuesta.
En cualquier caso engo una duda respecto a lo expuesto en el punto 2.Me explico.
Si entonces me empadrono en Barcelona como rsidencia habitual y lo declaro como domicilio fiscal, ¿aunque el piso no sea de mi propiedad me podría desgravar?
Gracias
Como la vivienda de Barcelona está a tu nombre en un 50% y es tu primera vivienda, si podrás desgravar por él, pero el mero hecho de estar empadronada no significa que lo estés viviendo. Tendrías que demostrar con consumos u otros contratos de servicios que lo estás habitando, pero en principio sí tienes derecho a la deducción por que entiendo por tus mensajes que es en ese piso donde vives.

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