IRPF y venta vivienda
Compré la que ahora es mi vivienda habitual en mayo de 2005 mediante préstamo hipotecario.
Vendí mi anterior vivienda habitual en julio de 2007, el préstamo hipotecario ya había sido cancelado en 2004.
Sé que el plazo para reinvertir son dos años o bien por delante, o bien por detrás de la fecha de la venta, o eso creo, pero tengo la duda ya que con lo que saqué de la venta cancelé el préstamo hipotecario de la nueva vivienda en agosto de 2007, es decir un mes después de la venta. ¿Podría acogerme a la reinversión, o he de tributar al 18%?
Otra duda. Para calcular el beneficio de la venta, tengo un problema y es que la plusvalía municipal la he pagado en 2008, no por culpa mía, sino porque el ayuntamiento, según me dijeron ellos, tiene dos años de retraso en este tema. ¿Qué puedo hacer con esto? ¿Podría incluirlo de alguna manera en el irpf del año que viene?
Otra duda. ¿Puedo incluir los gastos que tuve en 2004 cuando cancelé el préstamo hipotecario de la vivienda que he vendido como gasto para la venta o compra?
Ultima duda. Como en mi banco son tan poco profesionales, resulta que todavía no han cancelado la hipoteca de la nueva vivienda en el notario, por lo que no podré incluirlo en el irpf de este año. ¿Puedo hacerlo en el siguiente?
Vendí mi anterior vivienda habitual en julio de 2007, el préstamo hipotecario ya había sido cancelado en 2004.
Sé que el plazo para reinvertir son dos años o bien por delante, o bien por detrás de la fecha de la venta, o eso creo, pero tengo la duda ya que con lo que saqué de la venta cancelé el préstamo hipotecario de la nueva vivienda en agosto de 2007, es decir un mes después de la venta. ¿Podría acogerme a la reinversión, o he de tributar al 18%?
Otra duda. Para calcular el beneficio de la venta, tengo un problema y es que la plusvalía municipal la he pagado en 2008, no por culpa mía, sino porque el ayuntamiento, según me dijeron ellos, tiene dos años de retraso en este tema. ¿Qué puedo hacer con esto? ¿Podría incluirlo de alguna manera en el irpf del año que viene?
Otra duda. ¿Puedo incluir los gastos que tuve en 2004 cuando cancelé el préstamo hipotecario de la vivienda que he vendido como gasto para la venta o compra?
Ultima duda. Como en mi banco son tan poco profesionales, resulta que todavía no han cancelado la hipoteca de la nueva vivienda en el notario, por lo que no podré incluirlo en el irpf de este año. ¿Puedo hacerlo en el siguiente?
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Respuesta de bartorca
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