Retención IRPF

Hola, mi pregunta es la siguiente:
Cuando empecé a trabajar, nadie en mi empresa me dio a cumplimentar el modelo 145. Automáticamente me aplican el 15% de retención, lo que no corresponde con mi situación. ¿Cómo se actúa en este caso?
Gracias.

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Jimmy 13, para empezar la empresa tiene obligación de entregarte el modelo 145 para que tu informes de tu situación familiar.
Por otra parte si según me comentas no te corresponde el 15 %, ten en cuenta que puede ser debido a un aumento de convenio y entonces a partir de ahí te aplicarán el nuevo porcentaje de retención si coincide con el mes de inicio de un trimestre completo. El el mes de Diciembre procederán a la regularización de dicho porcentaje, puesto que desde que han entrado en funcionamiento los decimales para el cálculo del % de irpf puede suponer a fin de año bastante diferencia.
De todas formas si estas muy seguro que no te pertenece ese porcentaje deberás dirigirte a la empresa e indicarles dicho extremo (no hay otra solución), y por supuesto que procedan a la regularización abonandote o descontándote la diferencia producida.
Gracias por tu respuesta. Lo he comentado y dicen que a todos se nos aplica la misma retención, mi jefa de departamento me ha comentado que a ella le aplican un 20%. Está de acuerdo conmigo en que es una exageración, y dice ella que ya nos lo devolverá hacienda. ¿Es eso cierto? ¿Cuándo haga la declaración me lo devuelven?
Esto que me comentas es muy relativo... si que es cierto que si el resultado de tu declaración de renta ha sido con resultado a ingresar, evidentemente ingresarás una cantidad inferior puesto que ya has pagado por adelantado... es decir... ejemplo : Si te hubiesen retenido lo estipulado y la cuota a pagar en el mes de Junio de 2.009 (declaración que se refiere al año 2.008) son 300 Euros, esta cantidad sería la que pagarías a hacienda. Si caso contrario la cuota a pagar de tu declaración son 300 Euros pero como te han retenido más cantidad de la debida, el resultado de tu declaración puede ser 0 euros a ingresar o bien devolverte el exceso.
Pero yo ahora te pregunto, ¿por qué se tiene que beneficiar hacienda por adelantado durante cada mensualidad de un dinero que a ti te pertenece?... ¿Tengo qué esperar hasta Junio de 2.009 para poder ejercitar el derecho a la devolución?... Yo prefiero cobrarlo yo mes a mes y el día de la declaración... ya veremos a ver... pero mientras tanto el dinero esta en mi bolsillo y no en las arcas del tesoro público.

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