Renta : ganancias patrimoniales por venta vivienda habitual

En 2011 vendí mi vivienda habitual en Barcelona pasando a vivir en una casa también de mi propiedad. La hipoteca de esa vivienda estaba cancelada de unos años antes por lo que,

Aunque la nueva está sometida a una hipoteca y, en 2011, cancelamos un 25% con el ingreso obtenido por la venta del piso, entiendo que no se puede considerar como reinversión en adquisición de vivienda habitual.

Considerando que mi mujer no trabaja ni percibe ninguna prestación por desempleo, mi duda principal está en si tiene la obligación de presentar declaración por el incremento patrimonial derivado de la venta del piso ( propiedad 50% de cada cónyuge ) o no atendiendo a que se trataba del domicilio habitual.

Sea positiva o negativa la respuesta, también me gustaría saber si, a priori, sería más ventajosa la declaración conjunta o, en cualquier caso, siempre será mejor hacerlo individualmente.

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Siempre más ventajosa la conjunta en tu caso y por otro lado tienes derecho a la reinversión de ese 25% y si te comprometes a cancelar más durante los dos años siguientes también depende de tu economía y lo que tienes que hacer es cubrir los datos que te vaya pidiendo el programa y verás la diferencia.

Gracias por tu respuesta. Sólo una duda más respecto a la reinversión. La vivienda habitual vendida en 2011 tuvo una hipoteca hasta 2008 que quedó cancelada. Desde entonces ya no he deducido nada en renta por adquisición de vivienda.

La casa actual, tiene hipoteca desde 2005, pero lógicamente no ha dado lugar a deducción alguna hasta el momento. Según entiendo, quiere decir que al convertirse en domicilio habitual ahora sí que me da ese derecho a deducción tanto por el 25 o/o amortizado como por el total mes a mes ? (con los topes que haya fijados para ello, claro )

Si es así, a parte de una gran ayuda por tu aclaración, me llevaré una gran alegría, puesto que el desembolso tributario que me toca hacer es importante sin contar con esa opción.

Gracias y un saludo cordial.

Pues mira para poder deducir por la nueva vivienda habitual, tendrás que en primer lugar restar el 25% que cancelaste de la hipoteca y por otro lado la suma de todas las cantidades que hayas deducido hasta ahora por la otra vivienda, teniendo esos datos revisa las condiciones para poder deducir por vivienda habitual y mira si tu caso se encuadra.

De todas formas supongo que tardarás un tiempo para poder volver a deducir por vivienda habitual si es que tienes derecho a ella.

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