¿Puedo aún deducir en IRPF 2013 la adquisición de una 2ª casa como "vivienda habitual"?

Tengo una vivienda en propiedad, ya libre de hipoteca, que fue mi "primera vivienda habitual" y, como tal, fue deducida íntegramente en Hacienda mientras pagaba su hipoteca mensualmente hasta cancelarla.

Ahora bien, en diciembre del pasado 2012 (antes de finalizar 2013) escrituré una nueva hipoteca por compraventa de otra vivienda en propiedad, en la que estoy ya empadronado y es mi vivienda habitual a día de hoy.

Me pregunto si se puede deducir en la declaración de Hacienda de este año 2013(correspondiente al ejercicio de 2012) los gastos de notaría, seguro de hogar, seguro de vida, así como en futuras declaraciones las correspondientes mensualidades de mi actual hipoteca; teniendo en cuenta que sigo teniendo mi antigua vivienda, que el precio hipotecado por mi nueva vivienda es mucho mayor que el deducido por la antigua y que, en principio, no tengo intención de vender esta antigua, ya que la tengo alquilada por larga temporada desde el marzo de este 2013.

Me han comentado que antiguamente podía desgravar la diferencia entre lo deducido por la anterior y el importe de compra de la actual, pero que debería vender la antigua en un período no inferior a 2 años y además demostrar que se invertía ese dinero en cancelar/pagar parcialmente mi actual hipoteca.

¿Es así? O es indiferente si vendo o no mi anterior vivienda para poder iniciar las deducciones; ¿Me corresponde (es legal) deducir la diferencia entre ambas?

Si así fuese, yo estoy conviviendo con mi pareja en la citada "nueva vivienda habitual" y ella está empadronada también en esta misma dirección fiscal ¿podría ella también declarar la deducción por adquisición de la vivienda? (La hipoteca está abierta sólo a mi nombre y estamos registrado oficialmente como "pareja de hecho")

Les ruego aclare mis dudas.

Agradecerles de nuevo anticipadamente su respuesta;

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Puedes deducirte por tu nueva vivienda habitual, siempre y cuando has invertido realmente en la misma mas dinero que la suma de las bases imponibles por las que has deducido por la adquisición de la primera vivienda habitual

Ejemplo:

2009 compra vivienda habitual

Bases deducción vivienda habitual 2009 - 5.000 euros

Bases deducción vivienda habitual 2010 - 5.000 euros

Bases deducción vivienda habitual 2011 - 5.000 euros

2012 vivienda totalmente pagada

Total bases con derecho a deducción acumulados - 15.000 euros

Diciembre 2012 compra nueva vivienda

Gastos notario y impuestos 12.000 euros

Hipoteca - 4.000 euros

Total gastos satisfechos por la adquisición de la nueva vivienda 16.000 euros

Base deducción por adquisición de vivienda habitual 2012 - 1.000 euros (16.000-15.000)

Si los gastos del año 2012 fuesen solo de 12.000 euros no hay derecho a deducción por adquisición de vivienda habitual hasta que no se paguen por la adquisición de la nueva los 15.000 euros sobre los que se ha deducido por la primera vivienda.

Si vendes tu antigua vivienda habitual para que la ganancia patrimonial generada quede exenta en el IRPF tienes que invertir en el plazo de 2 años la totalidad de la cantidad obtenida en la adquisición de una nueva vivienda habitual.

Si el único titular de la hipoteca eres tu, el único que puede aplicarse la deducción por adquisición de vivienda habitual eres tu.

Espero haber aclarado tus dudas.

Para cualquier otra consulta sobre la declaración de la renta, estamos a tu disposición en nuestra asesoría online o en Facebook.

Gracias por su extensa y muy completa respuesta; para terminar de aclararme los conceptos os especifico un poco más mi caso para ver si lo entendí:

Yo escrituré una hipoteca cuando compré mi antigua primera vivienda en el año 1999 por un valor de unos 40.000 euros (aún eran pesetas) y, año a año fui pagando el préstamo hasta cancelarlo anticipadamente en el 2006. Paralelamente fui desgravando el mismo en Hacienda y recuerdo que fue a razón de la máxima "base de deducción habitual cada año" (aunque no entiendo bien este término) ya que recuerdo que yo desgravé cada año el máximo que me permitían y creo que siguen permitiendo ¿eran y siguen siendo 9040 euros?¿verdad?

Si lo comprendí bien, resulta entonces que:

bases deducción vivienda habitual 2000 - 9040 euros (hipoteca abierta en 1999),
bases deducción vivienda habitual 2001 - 9040 euros,
bases deducción vivienda habitual 2002 - 9040 euros,

... y así hasta que finalicé por cancelar muy anticipadamente en 2006 la hipoteca con el resto.

El total deducido por mi antigua vivienda sería:

9040 euros de cada año por los 6 años que la deduje......... 54240 euros

Ahora bien, la hipoteca que he abierto asciende a unos 200.000 euros con sus correspondientes gastos de compraventa (notaría, registros, impuestos, etc que podemos redondear sobre unos 20.000 euros (el 10% típico en gastos sobre el precio de compraventa).

Si lo he entendido bien todo, los 20.000 euros de gastos del año pasado 2012 que realicé para abrir la nueva hipoteca no "llegan" a los 54240 euros ya deducidos por mi antigua vivienda, por lo que en la declaración IRPF de este año no puedo deducir nada.

A su vez, entendí entonces que deberé ir pagando mes a mes mi nueva hipoteca hasta "alcanzar" los 54240 euros que ya deduje y a partir de ese momento ya podré empezar a deducir el nuevo préstamo para el próximo ejercicio/año. De tal modo que, sucesivamente, desde entonces podré seguir desgravando mi actual hipoteca por "adquisición de primera vivienda" hasta finalizarla de nuevo.

¿es así, tal como lo he expuesto?

Os agradezco vuestra comprensión por mi exposición tan extensa. Para finalizar, si todo es, más o menos así como intenté exponer ¿hay un tiempo de demora límite entre tanto? ¿como reconoce Hacienda estos casos? me refiero a ¿hay un tiempo legal a efectos de declaraciones de IRPF en Hacienda para permitir estas deducciones? ¿como reconocen o controlan estos casos desde Hacienda?

De nuevo muchas gracias por anticipado a vuestras desinteresadas explicaciones.

Saludos.

Es exactamente como lo explicas, hasta que no alcances los 54.000 euros pagados por la nueva vivienda, no puedes practicarte la deducción.

Ten las cuentas muy claras y guarda todos los justificantes. El primer año que te apliques la deducción es muy probable que tengas una comprobación de la declaración. No hay limite de años para empezar a deducirte por tu nueva vivienda habitual.

No olvides finalizar la pregunta.

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