¿Actos jurídicos documentados en arrendamientos?

Soy arrendador de un local comerial y he leído lo siguiente en un foro:
"La firma de un contrato de arrendamiento
está sujeta al Impuesto Actos Jurídicos Documentados. Este impuesto se
puede pagar bien en Hacienda, directamente, bien mediante la compra de
un modelo de contrato que incorpora timbre del estado. Es decir una
plantilla de contrato con cuya adquisición en Estancos ya estamos
pagando dicho impuesto. Es decir, que el contrato se puede imprimir en
papel corriente y luego pagar los impuestos aparte llevando una copia a
Hacienda, o bien aprovechar la plantilla oficial con timbre del estado."
¿Es cierto?. ¿De ser así y si yo no he pagado ese impuesto pudiera tener problemas con hacienda?. ¿En el contrato pone que todos los gastos de formalización del contrato corren a cargo del arrendatario pero si ni el ni yo hemos pagado tal impuesto que consecuencias podría tener?.
Un saludo.

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El impuesto es muy barato, y no es detectable fácilmente por la Comunidad Autónoma. Por tanto, no se preocupe.
Pero en caso de tener que recurrir antes los tribunales por un posible impago del arrendatario, ¿no tendría problemas por no haber pagado ese impuesto?
Un saludo.
No tiene nada que ver.

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