Presentación modelo 347

Hola.
He leído que la facturación bajo reteneción de IRPF esta exenta de la presentación del modelo 347. ¿Es cierto? Yo soy un profesional libre que factura con retención del 15%.
Gracias de antemano por la respuesta
Respuesta
1
Has leído bien, las operaciones que estén retenidas ya se declaran en otras declaraciones y por tanto no hay que declararlas en el 347. Esto no quiere decir que no tengas obligación si has tenido, por ejemplo, un gasto o un ingreso de más de 3000 euros sin retención.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas