¿Pago de iva aun que no cobre?

Como propietario del local el inquilino del primer trimestre solo me ha pagado el primero, mi pregunta es ¿tengo qué pagar en la administración de Hacienda el iva de un solo mes del trimestre? ¿O cómo me aconseja que lo haga?.
Gracias un saludo.
Respuesta
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Como arrendador estas obligado a emitir tus facturas de alquiler mensualmente, el inquilino seguro que tiene los originales (pagados y pendientes). La norma del IVA es clara respecto del pago a Hacienda de los IVAS Repercutidos, no entra en que los cobres o no, ellos quieren que tu se lo ingreses en sus plazos por el mero hecho de haber efectuado la contraprestación con su correspondiente factura.
Por otro lado, para desahuciarlo deberás presentar las facturas de alquiler impagadas.
La posibilidad de recuperar esos IVAS ingresados es compleja, para ello debes esperar 1 año desde la emisión de las facturas y haber reclamado judicialmente al arrendatario las facturas impagadas, solicitándolo a Hacienda, entre otras cosas.
Si no te piensan pagar lo razonable en estos tiempos es negociar que se marche y anular contrato, facturas, todo.
Ya que el cumplimiento de la norma fiscal te será costosa y encima sin cobrar.
Suerte.

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