Dación en pago y hacienda

Buenas tardes.
Tenemos una duda bastante importante.
Teniamos dps creditos hipotecarios de una misma vivienda que sumaban 396000 euros.
Nos la tasaron en esa misma cantidad y nos financiaron el 100 %.
Después de 3 años y muchas penurias hemos llegado a un acuerdo con la entidad bancaria, (UCI) para la dación en pago.
Han aceptado la dación por 396000 euros, pero nos quedará un préstamo personal de unos 30000 euros, que sorresponden a cuotas impagadas e intereses de demora.
Nuestra pregunta es: ¿Al hacer la declaración de la renta tendremos que pagar mucho importe? ¿Si es así se podría fraccionar?
Perdóneme la ignorancia, pero nunca hemos estado en una caso así.
Muchas gracias

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Si el piso se entrega en dación de pago para cancelar un crédito hipotecario el resultado obtenido de esa "supuesta" venta es CERO, por tanto no hay obligación de reinvertir una ganancia patrimonial inexistente en la declaración de la renta.

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