Impuestos de compra-venta.

Me encuentro con dos casas que tengo que repartir con otra persona. En las dos estamos al 50%. Yo me quedaré al 100% con mediante una extinción de condominio y la otra casa, venderé mi 50% al novio de esta persona.
Lo de vender es una simple formalidad, yo se la regalaría, pero por ley esto no se puede, por lo que la compra-venta parece ser lo más "barato".
He de decir, que no habrá dinero de por mmedio, yo no quiero nada, solo quitarme la casa de encima, por lo que se "vendería" por lo mínimo posible.
Las dudas son:
-¿Cuánto será lo mínimo a lo que tendré que vender mi mitad? (La casa se encuentra en titulcia, madrid).
-¿Qué impuestos tendremos que pagar tanto el comprador como el vendedor? IVA, Plusvalía, registro.. ¿etc?
-¿Otros gastos? Notario, gestoría...
Respuesta
1
Intentare esclarecerte:
Primero: aunque no haya dinero de por medio, no puedes verder al precio que tu quieras. Hay un mínimo por el que hacienda te obliga a tributar, una aproximación de lo que vale tu casa, lo puedes consultar en:
http://gestiona.madrid.org/vlin_valora_bienes/html/web/UVivienda.icm
El comprador lo paga todo:
ITP, AJD, IIVTNU, Notario, Gestoria
Los gastos los pagaremos a medias, pero me gustaría saber una cosa.
De esos gastos, ITP, AJD, IIVTNU, Notario, Gestoría... etc. ¿Luego se les devolverá a los compradores alguna cantidad (en la declaración de la renta) o algo por el estilo?
Por otro lado, ¿no tendré que pagar yo otro impuesto de plusvalía? La plusvalía es la diferencia entre lo que se compro y y a lo que se vende, según tengo entendido.
En caso de tener perdidas en vez de ganancias, no habría que pagar nada, ¿no?
Al comprador hacienda no le devuelva nada
En caso de ganancia patrimonial si que tendrás que declararlo en la declaración.
En caso de perdidas patrimoniales no tendrás que declarar nada pero si lo tienes que informar.

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