¿Debo cotizar autónomos como profesor ocasional?

Soy trabajador por cuenta ajena desde hace 20 años. Ocasionalmente doy cursos de formación continua para una empresa de formación, unos años puedo dar 2 cursos, otros 5. Yo firmo un contrato por cada curso con ellos y al pagarme me retienen el 15% para Hacienda y yo declaro los ingresos en mi declaración del IRPF anual.
Siempre me han dicho que al ser una actividad ocasional no necesito darme de alta en autónomos, pero no sé por qué me entró la duda, y eso que llevo algún año ya dando estos cursos de formación.
¿Es cierto que no tengo que estar en autónomos? ¿Depende de los ingresos tal vez? ¿Es legal la situación? Y si no lo es ¿Qué puede suceder?
Muchas gracias

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La ley dice que estarás obligado a cotizar al RETA, cuando realices una actividad habitual, personal y directa.
Yo creo que tu das cursos habitualmente al año ¿NO? O sea, el mero hecho de dar 1 curso a año, ya se considera una actividad habitual.

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