Dacion y plusvalia

Hola.
Hoy hemos ido a firmar la dacción del piso que se queda el banco por la deuda de la hipoteca que no podemos pagar. Nos han dicho que en el plazo, de no más de cuatro meses, tenemos que ir al ayuntamiento con un papel que me han dado para pagar una plusvalía. Mi pregunta es que cuanto más o menos puede ser el pago y segundo que si se trata de una dacción, no tenemos ni un duro para pagar la hipoteca y por eso se quedan el piso, ¿también hay que pagar este tributo? ¿O hay excepciones? El municipio es Igualada, en la provincia de Barcelona. ¿El piso se ha valorado en 215.000?, que cubre la deuda, ¿aunque por valor catastral es de unos 80.000? El piso tiene unos 12 años.
Gracias por tu ayuda, estamos preocupados por no poder pagar este tributo, y es la única manera de que la dacción tire adelante.
Gracias.

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Son dos los impuestos que pueden afectar a la operación desde el punto de vista del antiguo titular del inmueble, como aquí comentan. En principio habría que ver cual es el valor de compra (no el catastral) del piso y ver si es mayor que el de dación. En dicho caso se generaría un incremento patrimonial.
Lo mismo cabría decir del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
No obstante, también decir que es posible pactar fraccionamientos con Hacienda.

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