Quiero saber si estoy obligada a presentar el 347 en clientes y proveedores si estoy en estimación objetiva(módulos) persona física es una tienda de ropa y todos los clientes son de contado(ticket)
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Respuesta de Federico Murolas Ruiz
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Federico Murolas Ruiz, Abogado, Economista, Perito Judicial de Investigación Mercantil,...
No está obligada a pesentar el 347 por lo que le indicamos a continuación con respecto a la norma, que regula esta Declaración Informativa: " Las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por las actividades que tributen en dicho impuesto por el régimen de estimación objetiva y, simultáneamente, en el Impuesto sobre el Valor Añadido por los regímenes especiales simplificados o de la agricultura, ganadería y pesca o del recargo de equivalencia, salvo por las operaciones que estén excluidas de la aplicación de los expresados regímenes." Si Vd. trikbuta por estimación objetiva y a nivel de I.V.A. está sometida al Recarsgo de Equivalencia, NO TIENE QUE PRESENTAR ESTA DECLARACIÓN, DADO QUE NO ESTÁ OBLIGADA. Así que si efectivamente funciona de esta forma, que´wedese tdranquila que no tiene que hacer. Además sus Proveedorses ya se hubieran encargado de mandarle cartas dándole las cifxras de consumo I.V.A. ikncluido de todo el año 2.009, pero si le han carsgado el recargo de equivalencia (En su caso el 4%) lógicamente no lo habrán hecho. Algo que si queremos indicarle es que eso no significa que Vd. no esté obligada a guardar todas las facturas de compras que realice, pero solamente eso. Nuestros cordiales saludos.