Riesgo en el embarazo

Tengo aprobada una baja por riesgo en el embarazo por radiaciones ionizantes, en la cual no me quitan nada de Irpf, con lo que supongo que el año que viene la cantidad a pagar a Hacienda será elevada. ¿Me pueden quitar irpf si lo pido? me interesa o no?
TEngo un 2º trabajo de media jornada que no tiene nada que ver con el primero, con lo cual sigo desempeñándolo hasta la semana 20 que puedo solicitar la baja por riesgo, en la que supongo que tampoco me quitarán nada.
Supongo que todo esto será legal, ¿no?
Gracias

1 respuesta

Respuesta
Las prestaciones por riesgo del embarazo al igual que la prestación por materinidad, la regla general es que si el contribuyente no dice nada, el tipo de retención es el 0%, pero esa tipo lo puedes cambiar.
Para cambiarlo tienes que acercarte a la delegación de la tesereria de la seguridad social de tu municipio.

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