Cuota colegio profesional y aportación previsión.

Soy ingeniero industrial y trabajo por cuenta ajena como ingeniero. Estoy colegiado y pago una cuota anual e 144 euros. La colegiación en nuestra profesión es obligatoria.
De esa cuota de 144 euros, el Colegio paga en nombre de cada uno de los colegiados un seguro de responsabilidad civil a la gestora AMIC (Asociación Mutualista de la Ingeniería Civil).
Dicha asociación, AMIC, me envía un documento informativo indicando el número de póliza y la aportación realizada, en concreto 116.68 euros. Esta información también aparece reflejada en mi borrador de la declaración de la renta como "aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social". Al parecer se debe a una orden de 22 de diciembre de 1999 según la cual las entidades gestoras y mutualidades de prevsión social deben cumplimentar el Modelo 345 de declaración anual.
Me he puesto a hacer la declaración y he incluido esos 116.68 euros en la casilla correspondiente. Pero mi duda es la siguiente:
¿Qué hago con los 144 euros de cuota anual del Colegio?. ¿Puedo desgravarlos íntegramente dentro del apartado "cuotas a colegios profesionales" en "rendimientos de trabajo" o tendría que poner la diferencia entre los 144 euros y los 116.6 euros que el colegio aporta a AMIC.?
Como aclaración he de decir que a la hora de colegiarse no existe la posibilidad de renunciar a ese seguro que está asociado irremediablemente al hecho de estar colegiado. Si existe la posibilidad de ampliarlo (ampliar coberturas), pero no de quitarlo.
Hay más compañeros como yo en la misma situación y la mayoría reflejan íntegramente los 144 euros y los 116.68 euros, cada cantidad en el campo correspondiente. El Colegio no nos aclara nada.
Respuesta
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En primer lugar y por supuesto no con plena segurtidad, le indicaremos que lo que Vd.. le paga dentro de la cuota colegial a AMIC no creemos sea el Seguro de Responsabilidad Civil solamente (Si es que está oincluído) sino como auiténtica Mutualidad, ya que creemos que Vds. al estar Colegiados, no están obligados a darse de alta en Autónomos, cuando son trabajadores por cuenta propia.
Entrando en el tema que expone lo que está claro es que si sigue4 nla política de sus compañeros, está cometiendo una ilegalidad, ¿ya qué Vd. al Colegio le paga una cuota de 144? Uros al año, en la ue está incluido el tema de AMIC sea Seguro de R.C. o lo que sea, si por una parte descuenta como Mutualidad de Previsión Social los 116,68 de AMIC y por otra parte los 140 como cuota del Colegio, lo de AMIC lo está descontando dos veces. La pregunta es obvia: ¿Vale la pena por semejante pequeña cantidad?. La decisión es suya.
Confiamos haberle ayudado en sus dudas. Nuestros cordiales saludos.

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