¿Desgravan los gastos de abogado?

Me gustaría saber si los gastos de abogado, en concreto los de un divorcio y un proceso de liquidación de gananciales, se pueden incluir en la declaración de la renta como gastos desgravables. Si fuera así, tengo unos gastos del 2007 que no incluí, ya no se pueden desgravar, ¿no? ¿Puedo incluirlos o hacer algo al respecto?

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Los gastos de abogado de un divorcion no son deducibles en la declaración de la renta.

Si son deducibles los gastos de abogado relacionados con pleitos con el trabajador.

Te dejo el enlace a una consulta de la AEAT -

126432- gastos deducibles: enumeración
Pregunta
Para determinar el rendimiento neto del trabajo, ¿cuáles son los gastos deducibles de los rendimientos íntegros?
Respuesta
Tendrán la consideración de gastos deducibles exclusivamente los siguientes:
a) Cotizaciones a la seguridad social, mutualidades generales obligatorias de funcionarios, derechos pasivos y colegios de huérfanos o entidades similares.
b) Cuotas satisfechas a sindicatos.
c) Cuotas satisfechas a colegios profesionales, cuando la colegiación tenga carácter obligatorio para el desempeño del trabajo, en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas instituciones, límite 500 euros anuales.
d) Gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, límite de 300 euros anuales.
Normativa/Doctrina
Artículo 19 Ley 35 / 2006, de 28 de noviembre de 2006 .
Artículo 10 Real Decreto 439 / 2007, de 30 de marzo de 2007 .

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