Hijos en la declaración

Hola, soy separada, tengo una hija de 10 años y vivo con mis padres, ellos son los que se están haciendo cargo de la niña porque yo estoy parada y el padre de la niña no le pasa manutención ninguna desde hace tiempo. Este año, mi padre ha metido a la niña en la declaración ya que meterla yo no me suponía nada y a el le devolvían algo, además con todo el derecho porque, como digo, es el que la está manteniendo. El problema ahora es que el padre de la niña, muy listo el, ha cogido y la ha metido también, dice que tiene derecho al ser su padre. ¿Es cierto eso? ¿Puede recibir mi padre alguna multa ahora? Gracias por vuestra ayuda.
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Vamos a vber siempre que la tutela en la separación haya quedado compartida por ambos cónyuges, de forma independiente a lo que sea la realidad, fiscalmente se la pueden deducir solamente los padres cada uno al 50%. Lo sentimos pero su padre no tiene ningún derecho a deducirse nada por la niña, por mucha verdad que sea que es quien está manteniendo a las dos a Vd.y a su hija. Y si Vd. tiene cumplkidos los 25 años al 31 de Diciembre de 2.009, tampoco puede ndeducir nada por Vd..
Lo sentimos pero la Ley está así, nos guste o no. nPor tanto su padre tiene mal hecha su Declaración y puede tener problemas, ya que además lógicamente los apellidos de la niña no van a ser (el primero) como el de su padre. Una solución pero para ello tendría Vd. que tener la patria potestad de la niña al 100%, sería que su padre la adoptara, en cuyo caso si funcionaría como si fuera hija suya.
Si por otra parte su ex marido está actuando de esa forma, debe pa<sarse por el Juzgado de familia donde3 tramitaron el doivorcio o la separación y exponer la verdad, que nes Vd. sola y su familia mquien se ocupa de la niña y que el no aporta un duro, ni gtiene congtacto c on ella, con el fin de que Vd. consiga la patria potestad al 100% de su hija. Si además en la sentencia donde se aprobó el Convenio RFegulador el padre estaba obligado a pasarle una pensión alimnenticia por su hija, y no lo ha hecho, es perfectamente reclamable y ejhecutable por vía judicial. En nuestra opi9nión debiera pedir audiencia con el Juez que vio su caso y expo0nerle los problkemas, ¿apra qué inclujsive le nombre un Abogado de oficio para que no le cueste un? Uro, ya que está parado y lleve el tema adelante.
Confía mos haberle aclarado los temas. Nuestros cordiales saludos.

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