Indemnización
Mi empresa ha presentado un expediente de regulación de empleo en el cual estoy incluido como una de las personas que serán despedidas. Pero como tenenos unas garantías pactadas con la empresa anterior (esta se subrrogó hace dos años), la indemnización será de 45 días por año de servicio.
Creo que en caso de ERE la indemnización son 20 días por los cuales no hay que pagar impuestos, pero por el resto sí.
Mi pregunta es:
¿Si pongo todo el dinero de la indemnización en la hipoteca de la casa, tendré que pagar a hacienda?
Creo que en caso de ERE la indemnización son 20 días por los cuales no hay que pagar impuestos, pero por el resto sí.
Mi pregunta es:
¿Si pongo todo el dinero de la indemnización en la hipoteca de la casa, tendré que pagar a hacienda?
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Respuesta de esfiscal
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