IVA coach establecido en Canarias

Buenas,
Estamos establecidos en Canarias pero ofrecemos coaching en materia de desarrollo de software en todo el territorio español... ¿hemos de repercutir IVA a nuestros clientes de península? ¿Sería del 16%?
Gracias de antemano!
Saludos

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1
No somos especialistas en la tributación de Canarias, pues ustedes no tienen IVA, sino IGC. En cualquier caso, si fuera como usted dice, tendría que ser del 18%, pero si son servicios profesionales, puede que estén obligados a realizar Retención del 15%.
Le recomendamos se pongan en manos de un abogado especializado en Canarias o se dirijan a la Agencia Tributaria, para que les clarifique este asunto.
Agradecemos valoración de la respuesta.
Gracias por tan pronta respuesta.
Conforme la Ley del IVA, como ejercemos la actividad en el ámbito de aplicación del impuestos (península), entiendo que sí debemos repercutirlo. Lo que nos queda claro es si la actividad de coaching lleva IVA y cuál es el tipo, no sé si a esto sí puede darme respuesta.
Saludos!
Eso dependerá del epígrafe en que ustedes se den de alta en la Agencia Tributaria, lo que implicara una serie de obligaciones formales... Ademas de que se pueda considerar como un servicio educativo que pudiera acogerse al 0 % IVA... Le recomendamos se ponga en manos de un abogado especializado en su zona y que pregunten en la Agencia Tributaria.
Agradecemos valoración de la respuesta.

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