Impuesto de sociedades

Hola, después del periodo de liquidación, voy a dar de baja definitiva en el Registro Mercantil y en hacienda una empresa, con las escrituras notariales.
De 2010, me corresponderían a devolver cantidades por el impuesto de sociedades que se presentará en julio de 2011. ¿Se me devolverán esas cantidades a pesar de que yo dé de baja definitiva la empresa ahora, en febrero de 2011?
Gracias.

2 respuestas

Respuesta
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Yo me esperaría a terminar la liquidación, es decir la baja, a cobrar las deudas, incluida las cantidades a devolver, pues puede tener problemas en el futuro...
Agradecemos valoración de la respuesta.
Respuesta
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No, las cantidades del modelo 200 no se devuelven, se compensan con beneficios futuros.

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