Vender primera/segunda vivienda menos de 3 años.

Hola experto, le expongo mi caso:
En 2004 compré yo sólo al 100% VPO, la cual evidentemente constituye mi vivienda habitual (empadronado aquí) y por la cual me desgravo anualmente. En 2014, fecha en la que ya no tendría que devolver las ayudas tengo pensado ponerla en venta.
En 2009 compré a medias con mi pareja (50% y 50%) una vivienda que constituye la segunda para mí y la vivienda habitual de mi mujer y mi hija nacida en 2010 (empadronadas aquí). No obstante, sólo se desgravó la vivienda en declaración de la renta de 2009, ya que en 2010 al no estar trabajando no hubo lugar. Esta es de renta libre.
Se ( o tengo entendido) que cuando vendamos la casa de renta libre yo tendré que abonar a hacienda los impuestos correspondientes a la mitad de la ganancia patrimonial, que si no me equivoco son del 19% para los primeros 6000 y del 21% para el resto, pero...
- Y mi pareja, podría quedar exenta de abonar las tasas si la ganancia patrimonial de su parte se invierte en otra vivienda, ¿aún no habiendo pasado los 3 años o debo esperar para ello a que transcurra el citado tiempo?. En el caso de tener que esperar, se (o creo) que existen determinadas circunstancias que eximen del pago, pero desconozco si el nacimiento de un hijo es una de ellas.
- ¿Qué diferencias hay para ella esperar o no 3 años?.
- Podría yo al vender la mía de VPO en 2014 utilizar esta ganancia de patrimonio para invertirla en la vivienda que compremos y quedar exento de tributar a hacienda con la venta de la segunda casa, ¿aunque ésta se produzca después de comprar la nueva?.
Gracias y un saludo.

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Si no se vivie durante tres años, no puede ser considera vivienda habitual y por lo tanto, tendría que devolver las deducciones que ha practicado en su renta y no podrá deducirse por reinversión en la nueva vivienda habitual.
Usted y su mujer tendrán que declarar la ganancia patrimonial (usted de las dos y ella solo de su 50%), pero podrán deducirse por adquisición de nueva vivienda habitual si cumplen con los requisitos.
Cada venta vivienda ha de ser declarada con su correspondiente incremento patrimonial, pero lo reinvertido puede ser duducido...
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