No presentar Borrador Renta

La AEAT me ha enviado el borrador por importe final a pagar de 1.900 euros. No obstante, haciéndola por mi cuenta con el programa Padre me ha resultado un importe final a pagar de 1.366,87, debido a que la AEAT no contempla la deducción por invalidez que me corresponde, ni la deducción por hijo menor de 25 años, ni la deducción por alquiler de la vivienda habitual.

Mi pregunta es si, al haberme mandado el borrador, ahora estoy obligado a ir a Hacienda a rectificarlo y a liquidar su ejemplar o, por el contrario, puedo liquidar en el banco la declaración que he realizado por mi cuenta y que tengo ya impresa para presentar.

Es obvio que presentar la mía es más rápido y eficaz; puesto que, quedando poco plazo y por la saturación de las oficinas de Hacienda, pedir cita y rectificar su borrador sólo supone desplazamientos y retraso innecesarios. Además supongo que recibir el borrador no implica ninguna obligación de dependencia hacia Hacienda, puesto que a lo único que obliga la ley es a que se presente la declaración correcta y se liquide en plazo.

Gracias por su atención y reciba un saludo.

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Es indiferente presentar la declaración o confirmar el borrador, eso si, en su caso después de modificarlo, que es fácil desde la aplicación web

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