Cálculo de retenciones 2011

Buenos días.

Ha llegado el momento de hacer la declaración de la renta y como a todos los que nos quedamos en paro el año pasado, me toca pagar una burrada en concepto de IRPF.

Si he de pagar, pago por supuesto, pero me parece demasiado la verdad.

Así que me bajé el programa para calcular el %. Y veo que hay una casilla donde se puede incluir en los datos personales, la situación de desempleado, con lo que hay una deducción de 1200€. ¿Es correcto? ¿hay que haber estado "x" tiempo en esa situación?, en mi caso trabajé solo 10 días en 2011. En la sección de ayuda del programa solo indica: " tratándose de perceptores de prestación o subsidios de desempleo, se reducirá la adicionalmente la cantidad de 1200 euros" No especifica el cuando, o el cuanto tiempo.

Muchas gracias.

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Respuesta
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Pues mira sintiéndolo mucho no, de todas formas si solo has trabajado diez días en el año 2011 y el resto es percepción de subsidio o prestación de desempleo el límite conjunto en caso de que lo que cobraras por el trabajo no pase de 1500 euros pasa a ser de 22000 euros por lo que puede que no estés obligada compruébalo. En caso de que no estés obligada no tendrías lógicamente que presentarla aunque te salga a pagar.

gracias por la pronta respuesta.

tenía entendido que si hay más de un pagador, como es el caso (empresa e inem), hay obligación de presentarla, llegue o no a esos 22000 euros (presupongo que la indemnización por despido no tributa).

Es que me sale mucho a pagar...

Y si no es mucho pedir, si realmente no he de presentarla, ¿podrías indicarme donde encontrar por escrito este supuesto?

Muchísimas gracias.

Pues hay varios sitios lo más fácil es que pongas en un buscador, google por ejemplo las siguientes palabras "obligación declarar irpf 2012" encontrarás varios enlaces y en alguno de ellos encontrarás seguro lo que te digo por escrito, también se puede encontrar en el manual de renta 2012 en el apartado de obligados a presentar la declaración está en la página web de la AEAT pero te recomiendo lo del buscador porque es más sencillo.

Las indemnizaciones por despido no tributan con un tope máximo que se calcula en función del tiempo trabajado, y es el equivalente a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.

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