¿Qué cantidad sería la obligatoria para presentar el modelo 349, anual o trimestral?

Tengo una duda que le ha surgido a mi marido. Ha realizado operaciones intracomunitarias con Portugal y no está dado de alta en el R.O.I. He llamado al teléfono general de hacienda y me han dicho que tendría que darse de alta y presentar los modelos 349, pero no me han aclarado si los modelos los presentó anual o trimestral. Si es anual, como se presenta en enero de 2013 no estamos fuera de plazo, pero si es trimestral, sí, porque hay facturas desde marzo de este año. Me podrías aclarar cómo debemos hacerlo.

Respuesta
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Pues mira para poder facturarle a portugal sin iva deberías estar dada de alta en el r.o.i si no no puedes facturar sin iva sería una exportación, el modelo 349 nace en el momento que te das de alta con el 036 como operador intracomunitario y mientras no te des de baja debes presentarlo trimestralmente por las cantidades facturadas.

No hay importe para hacer el 349 anual, en una ocasión yo lo presenté trabajando en un taller de reparación

No hay mínimo en el caso de que:

El importe de las operaciones sea inferior a 3500 euros deberá presentarse sólo una vez y en el plazo de los 20 días siguientes al ejercicio en el que se emite la misma.

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