Declaración sobre patrimonio

Buenas tardes

Mi pregunta es la siguiente mi suegro tiene dos casas una donde vive y la otra la Agencia Tributaria se la considera como segunda vivienda. La parte correspondiente a mi suegra, ya fallecida; la tienen los hijos aceptada como herencia legalmente.

¿Mi suegro tiene sólo que pagar por el 50% del valor de la casa?

¿Y que pasa con el otro 50%?

¿Qué porcentaje del valor de la casa hay que pagar?

Espero su respuesta Gracias de antemano

1 respuesta

Respuesta
1

¿Se refiere al Impuesto sobre la Renta o al Impuesto sobre el Patrimonio?

Realmente no lo se. El por la renta está esento de pagar por que con lo que cobra de pesión no llega al minimo.

¿hay alguna diferencia si se lo piden por una u otra declaración?

Por el Patrimonio imagino que no será porque para ello la vivienda debería valer más de 500.000 euros. En el caso de la Renta dependerá del valor catastral, ¿me podrías decir cual es y donde se encuentra la vivienda?.

El valor catastral es de 145.000 euros y está en Gran Canaria

Tu suegro se tendrá que imputar como renta inmobiliaria el 1,2% del 50% del valor catastral, es decir 870€. Esto no quiere decir que va a pagar 870€ sino que en su renta deberá añadir un ingreso adicional de 870€.

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