Pues mira yo en principio nunca tuve que presentar una sustitutiva de sociedades por suerte si de otros impuestos y para otros impuestos te puedo confirmar que sí, creo que para sociedades habrá alguna opción en la que te deje marcar como declaración complementaria a continuación te marco los pasos a seguir para cubrirla.
Declaración complementaria
Se marcará con una «x» la clave de declaración complementaria siempre que, por el mismo
período impositivo, se hubiera presentado con anterioridad otra u otras declaraciones de este impuesto y la nueva declaración tenga por objeto ingresar la diferencia entre el resultado de la anterior declaración y el de la nueva o complementaria o reflejar una cantidad a devolver inferior a la anteriormente autoliquidada. Por consiguiente, la declaración complementaria habrá de incluir la totalidad de los datos solicitados en el modelo, incorporando los que son objeto de nueva declaración además de aquellos que se incluyeron en la originaria y, en su caso, sucesivas declaraciones. Asimismo, en las claves [619] y [620] (página 14 del modelo 200) deberá consignarse el resultado de la anterior autoliquidación precedido del signo menos (-) o más (+), según resultase en la declaración originaria una cantidad a ingresar o a devolver, respectivamente; no obstante, si la autoliquidación originaria hubiera resultado a devolver, solamente se consignará la cantidad cuya devolución hubiera sido efectuada por la Administración;
Si no ha sido efectuada la devolución por la Administración, se deberá consignar cero
En la clave correspondiente a esa Administración.
Si, por el contrario, la declaración originaria ha producido un ingreso indebido o el sujeto pasivo considera que ha perjudicado, de cualquier modo, sus intereses legítimos, podrá solicitar la devolución del ingreso o instar la rectificación de la declaración conforme al procedimiento correspondiente.
MODELO 200 Página. 1
Establecido al efecto. Por lo tanto, en tales casos no es procedente la presentación de declaraciones complementarias.
En caso de haber marcado con una «x» la clave de declaración complementaria, deberá hacer constar a continuación el número de justificante de la declaración anterior a la que complementa (el cual aparece en el documento de ingreso o devolución de ésta).
Una vez realizado debes como te indiqué al principio presentar con copia de la declaración presentada un escrito en el que solicites la devolución al número de cuenta originario de la declaración.