Compra vivienda habitual

Hola
Mis dudas son las siguientes:
1)¿Qué gastos son deducibles en la compra de la vivienda habitual supongo que el impuesto de transmisiones y de AJD no?
2)Y otra duda yo tengo es:
¿La vivienda me cuesta 171000? (¿Hipoteca 130000)
tengo depositadas en una cuenta ahorro 27000? De los que he deducido en declaraciones anteriores 18000. Pienso dar como aportados para la compra los 27000 para deducirme este año los 9000 y escriturar por 150000.
¿Cómo 130000+27000=157000 pienso justificar los 7.000 restantes como como gastos de la compra te parecen excesivos esos 7.000? ¿Cómo gastos de la compra? ¿Cómo justificarías tú esos 7000? ¿Cómo ves la operación?
Saludos cordiales y gracias por anticipado.
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Veamos: Se pueden deducir todos los gastos de la compra, los que tú apuntas y también notario, registrador y gestoría en su caso. (Gastos de la compra, no de la hipoteca).
En cuanto a la deducción:
Si con todos los gastos anteriormente expuestos la vivienda tiene un valor, ¿por ejemplo de 160000?. A través del tiempo solo podrás deducirte de esos 160000 E (en cuanto a capital, sin contar los intereses que esos sí podrás deducírtelos todos).
Es decir: te has deducido ya 18000 y tienes que tener en cuenta que esos ya están deducidos y no puedes volver a deducirlos otra vez como parece que intentas...)supongamos que el primer año (el de la compra) te deduces los gastos que no están financiados y debes por tanto deducírtelos ese primer año, más los 9000 que todavía tienes sin deducir en la cuenta vivienda).
Por tanto entre cuenta vivienda y primer año tendríamos 27000 + 10000= 37000. Nos quedarían pues para deducir en el futuro. 160.000-37000 = 123000?. (160.000 es precio de escritura más gastos supuestos).
¿Cómo la hipoteca es de 130000 significaría que los últimos 7000? Al final de la hipoteca no podríamos deducirlos. (Pero falta tanto que a lo mejor ha cambiado para entonces la legislación).
Yo he puesto 10000 de gastos si fueran otros se harían las operaciones con los gastos reales que hubiera.
Por cierto, que lo que pagues el primer año, aunque lo pagues a tocateja se puede deducir en el apartado "con financiación ajena" que deduce el 25 las 750.000 pts primeras y el 15 las restantes 750.000.
Creo que sí. Cuando lo saques lo empleas para el pago y en vez de decudirlo en cuenta vivienda lo deduces como pago del año.
No estoy seguro. Lo mejor hubiera sido que no lo hubieras metido hasta estar seguro de que no ibas a comprar en 2004. Quiero decir que si no compras en 2004 lo metes hacia el final y listo. No tenías por qué haberlo metido a principios o mediados de 2004. (Por cierto desgravar se escribe con v ya que se trata de gravoso, pesado... y tan pesado que es comprar una vivienda.) Grabar es con b cuando se trada de dibujar, escribir, etc.

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Son deducibles a efectos de adquisición de vivienda el precio pagado y los gastos inherentes a la compra, desde luego el notario, los impuestos indirectos (IVA O ITP Y AJD), tanto de la compra como de la hipoteca, y los gastos de registro, incluso los de gestoría, llegando al máximo, si tienes que coger un taxi para ir al notario, aunque podría ser discutible, se podría deducir si se considera necesario.
¿Seguro qué los gastos superan los 7.000?, así podrás deducirte los 9000 este año, y te pasará del límite seguramente, en cuanto que comenzarás a amortizar este año.
Si te surgen dudas puedes ponerte en contacto conmigo y estudiar el tema más despacio.
Un saludo, y suerte en tu nueva vivienda.
José Manuel Dávila
[email protected]

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