Compra aplazada vivienda

Mi intención es comprar una vivienda aplazada en cuotas como si fuese un alquiler, es decir, que en vez de pagársela al banco, se la voy a pagar al promotor de la misma. Vamos a firmar un contrato privado de compraventa que tendrá su fin dentro de 20 años, tiempo en el cual yo iré pagando cuotas a modo de renta. A la firma del contrato daré al vendedor 20000 euros que según me dice el va a facturarme. Las cuotas también las va a declarar el vendedor, puesto que las va a facturar. Mi pregunta es la siguiente. ¿Yo tengo en mi declaración de la Renta, que declarar esta segunda vivienda, o por el contrario hasta que no se resuelva este contrato y se escriture la vivienda no estoy obligado a declararla?.

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Respuesta
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Pues esto dependerá del tipo de contrato que firme y le recomendamos se ponga en manos de un abogado para evitar problemas futuros...
Normalmente estos constratos de compra aplazada se inscriben en el Registro Mercantil y se realizan ante notario, por lo tanto, usted debería declarar la adquisición de la vivienda, pues la vivienda sera suya, aunque tenga alguna condición resolutoria, así figurara en el Registro y por lo tanto, tendrá que liquidar los impuestos de la compra e incluirla en su renta.
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