Plusvalía fiscal venta piso
He heredado un pido de mi tío fallecido y tengo la siguiente duda.
Hay unos vecinos interesados en comprármelo mediante un pago a plazos sin pasar por entidades bancarias, o sea, un contrato de compraventa entre particulares.
A efectos de plusvalía fiscal, que se toma en cuenta, ¿el valor del piso en escritura o el valor del piso según aceptación de herencia?
Por otro lado, si decido aceptar la propuesta de venta con pago a plazos, ¿qué debo tener en cuenta a efectos fiscales?
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Respuesta de ConsFiscal
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