¿Se puede pagar el impuesto de sucesiones con el dinero del fallecido?

El asunto es que recientemente falleció mi tío, sin esposa, padres o hijos, y siendo mi madre heredera única (hermana). Estamos ahora mismo empezando con todo el papeleo y nos surge una duda, y me gustaría preguntaros a ver si me podéis dar una orientación.

El tema es que a mi madre le corresponderían varias propiedades y algunas cuentas bancarias, donde hay un saldo suficiente como para pagar el correspondiente impuesto de sucesiones (un sablazo, por cierto).

Pues bien, la enorme duda que tenemos es saber si existe algún procedimiento en hacienda mediante el el cual el impuesto de sucesiones pueda ser abonado mediante el dinero del propio fallecido. Y de existir cómo se haría o si el procedimiento recibe algún nombre en especial.

En este caso es en Vizcaya, aunque imagino que este tipo de cosas funcionaran de manera similar en unas u otras provincias.

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Mientras no esta tramitada la adjudicación de la herencia, su madre no podrá disponer del dinero de las cuentas bancarias. Ademas el sujeto pasivo del impuesto es su madre, no el fallecido, por lo tanto, el pago le corresponde a ella...

Le recomendamos se ponga en manos de un abogado, que les estudie su caso concreto y les ayude con esta cuestión, por si fuera posible que el banco les entregara el dinero solo con la escritura de adjudicación y así poder liquidar el impuesto después... Recuerde que dispone de seis meses desde el fallecimiento, para liquidar el impuesto.

Por lo que he podido informarme posteriormente en la asesoría, en hacienda y a la hora de hacer el trámite, la respuesta ofrecida por el experto es errónea. Sí se puede hacer.

Gracias igualmente por la respuesta.

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