Deducir gastos e iva con cliente intracomunitario

Soy autónomo en España y tengo un solo cliente en el extranjero en la UE. Mi duda es: si compro material necesario para el trabajo por ejemplo por el valor de 1000 euros, con el 21% de IVA incluido, ¿cómo me deduzco ese gasto?

1) ¿Cómo gasto deducible, serían los 1000 euros incluyendo el IVA o la base imponible?

2) Como iva deducible, ¿podría deducirme esos 210 euros si yo no soporto nada de IVA? (Cliente intracomunitario)

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Para aplicar el IVA intracomunitario, usted y el cliente o proveedor han de estar dados de alta en el Registro de Operadores Intracomunitario.

El IVA intracomunitario, tiene sus propias reglas de contabilización y ha de incluirlo en el modelo 349 trimestral, ademas de en su declaración del IVA modelo 303.

Si no están dados de alta en este registro, dependerá de varias circunstancias, pero normalmente, por regla de localización se aplicaría el IVA del país donde se emite la factura y para el otro tendría la consideración de mayor gasto, no de IVA deducible...

Le recomendamos se ponga en manos de un abogado, que le estudie su caso concreto y le ayude con estas cuestiones. Si lo desea, puede encontrá información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.

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