Transmisión fiduciaria

Hola, buenas tardes,
Tengo que contabilizar un contrato (una escritura) entre varias empresas inmobiliarias y una Junta de Compensación a la que todas pertenecen. Dicha escritura dice que las sociedades "aportan con carácter fiduciario las fincas ... A la junta de compensación, sin que ello implique transmisión de la propiedad".
No entiendo qué quiere decir que aportan las fincas con carácter fiduciario, ¿podría aclararme el tema, por favor?
Gracias anticipadas por su ayuda.

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Cuando se trata de de juntas fiduciarias (para cumplir una finalidad (urbanización)), no existe entrega de bienes en el momento de la integracvión de los juntacompensantes, por lo que una vez rematada la urbanización tampoco se produce entrega alguna a los juntacompensatnes.
El dominio fiduciario es
Temporal (máximo 30 años)
No es abosoluto (no lo adquiere para sí, recibe los bienes a titulo de confianza)

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