Gastos de comunidad en compraventa vivienda
Voy a comprar una vivienda y
Firmaré la escritura de compraventa el 23 de noviembre. A partir de esa fecha
la vivienda será de mi propiedad. Los gastos de comunidad de la vivienda son
trimestrales, por lo que en Enero de 2012, me llegará el recibo con los gastos
correspondientes a Octubre, Noviembre y Diciembre de 2011. ¿Yo tendría que
pagar la totalidad de los gastos de comunidad, o solamente una parte proporcional
porque la vivienda ha comenzado a ser propiedad mía solamente la última semana
de Noviembre y el mes de Diciembre? ¿Si solamente tengo que pagar la parte
proporcional se lo tendría qué indicar al administrador para que me girara un
recibo con solamente una parte de los gastos, y para el resto de los gastos de
¿Octubre y una parte de Noviembre se tendría que poner el Administrador en contacto
con el vendedor?
Firmaré la escritura de compraventa el 23 de noviembre. A partir de esa fecha
la vivienda será de mi propiedad. Los gastos de comunidad de la vivienda son
trimestrales, por lo que en Enero de 2012, me llegará el recibo con los gastos
correspondientes a Octubre, Noviembre y Diciembre de 2011. ¿Yo tendría que
pagar la totalidad de los gastos de comunidad, o solamente una parte proporcional
porque la vivienda ha comenzado a ser propiedad mía solamente la última semana
de Noviembre y el mes de Diciembre? ¿Si solamente tengo que pagar la parte
proporcional se lo tendría qué indicar al administrador para que me girara un
recibo con solamente una parte de los gastos, y para el resto de los gastos de
¿Octubre y una parte de Noviembre se tendría que poner el Administrador en contacto
con el vendedor?
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Respuesta de Abogados Edo
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