Subastas (impuesto AJD) sobre bien inmueble

Quiero comprar un inmueble de subasta. Tengo una duda respecto al pago del IAJD. En concreto sobre si dicho impuesto se carga sobre el precio de salida tipo (tal como indica AEAT) o sobre el precio final de adjudicación (que puede ser superior o inferior).
Por otro lado, no he encontrado ningún lugar por internet donde se detallen los pasos a seguir una vez adjudicado un bien (inmueble). Es decir, hacer el pago, inscripción en el registro, etc...
Estoy muy perdido y necesito un poco de ayuda.

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Es muy simple. El pago del impuetso se calcula según el importe de adjudicación, que es por decirlo así, el precio de la compraventa.
Con la adjudicación en subasta se entrega un auto de adjudicación, que es el titulo de propiedad, es el equivalente a la escritura que firma ante Notario. El auto de adjudicación ha de llevarlo a la oficina liquidadora, pagar el impuesto y finalmente debe llevarlo al Registro de la Propiedad. El auto de adjudicación debe entregarse por duplicado.
Muchas gracias por su respuesta. Muy aclaratoria y entendedora.
¿Sabe qué plazos hay para cada uno de los pasos a seguir (sin contar el importe total de adjudicación) y si el propietario actual puede actuar entre paso y paso para dificultarme todos los trámites?
Gracias de nuevo.
Jordi.
Si es la Agencia Tributaria, el auto e lo darán inmediatamente, salvo que el valor sea inferior al 70 % del Valor de tasación. Si eso fuera así podría tener el deudor derecho a una mejora de postura. No obstante, eso se lo comunicará el encargado de la Agencia Tributaria.
Por otra parte, tiene usted que distinguir entre la adjudicación y la posesión. Para poseer la vivienda debe instarse el lanzamiento. En este trámite hay de todo, desde el propietario que entrega las llaves pacíficamente, hasta el que lo destroza todo. Hay algunos más habilidosos que pactan con el propietario la entrega de llaves, a cambio de una cantidad de dinero.

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