Consecuencia quiebra s.l.
En el año 2002 teníamos una s.l. Que quebró, pagamos sólo a los bancos(se lo cobraron a mi suegro que era el pobre avalista) pero nada más ni pagamos las deudas de hacienda ni s.s. De la empresa, no disolvimos ni liquidamos ni volvimos a presentar cuentas(escondimos la cabeza debajo del ala abrumados por la situación), se que la s.l. Está disuelta judicialmente y mi marido que era el administrador declarado responsable subsidiario en el 2008(al menos por parte del ayuntamiento que nos acaba de embargar la renta por unos I.A.E pendientes y por permisos de circulación de unos vehículos que tenía la empresa(averiados desde hace 8 años pero sin dar de baja), mi pregunta es ¿después de tanto tiempo nos pueden reclamar las deudas pendientes de la s.l.o hacienda) (los autónomos de mi marido los pagamos sacando un préstamo,). Mi marido lleva trabajando en 1 empresa desde el año 2005 y haciendo la declaración de la renta todos los años. ¿Por qué nos ha embargado el ayuntamiento y no hacienda o s.s.? Estamos desesperados y no sabemos que consecuencias nos puede acarrear esta situación. Gracias de antemano por su respuesta
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Respuesta de jogoal
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