Cuenta ahorro vivienda

Mi novio y yo compramos una vivienda en el año 2000. La entrega de llaves se realizó el pasado año 2001. La promotora nos aplazó el pago de la entrada para ser pagados con un total de 6 efectos, 1 cada 4 meses, con lo cual el último pago se realizará en octubre de 2003.
Como disponemos del total del importe aplazado, queremos saber si es posible abrir una cuenta vivienda, con el fin de pagar de ahí los efectos anteriormente nombrados.
Gracias de antemano

2 respuestas

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Entiendo que solo sirve para comprar una vivienda en un futuro, no para financiar parte de la compra que uno ya ha efectuado con anterioridad.
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En respuesta a tu pregunta, puedes abrir la cuenta vivienda y el importe ingresado en la misma será deducido como pago para tu vivienda habitual. Lo que no podrás hacer es deducirte los pagos de los efectos una vez deducida esta. Si necesitas aclaración vuelve a preguntar.
Muchas gracias por su respuesta.
Me gustaría aclarar si he entendido bien. Según lo que explica, en el banco no encontraremos ningún tipo de problema para abrir la cuenta. Ahora bien, a la hora de realizar la declaración de hacienda, deben deducirse o bien los pagos de los efectos o bien las cantidades aportadas a la cuenta.
Lo que me gustaría saber es si el tanto por ciento a deducir en ambos casos es el mismo, o si en cambio resulta más favorable una operación que la otra.
Gracias
Se admite la deducción de las cantidades depositadas en una cuenta-vivienda, siempre que las mismas se destinen a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual con el límite de 1.500.000 pesetas anuales de base de deducción. La deducción es la misma ya que este dinero depositado en las cuentas viviendas es como si fueran pagos para la futura vivienda. La dedicción se efectúa de la misma manera, en la casilla indicada para ello en la declaración del I.R.P.F.

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