Desahucio

Buenos días:
Hace unos años mis suegros pusieron su casa como aval para solicitar un crédito. Debido a problemas que se le presentaron, no pudieron hacer frente al crédito por lo que el banco procedió al embargo de la casa y su posterior subasta. Lo que ocurre es que el precio por el que se subastó la casa fue inferior al que se le debía al banco. Aún así, el banco les ha dicho que ellos no le van a reclamar la diferencia de dinero que falta pero que no les pueden facilitar ningún tipo de justificante de que la deuda está saldada para que puedan retirar su nombre del ASNEF.
Mi pregunta es, ¿esa actitud del banco es legal? ¿Sólo con el desahucio no es suficiente para que retiren sus nombres del ASNEF?. ¿Se puede acudir a alguna asociación de consumidores o similar para reclamar?.
Un saludo y muchas gracias.

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Lamento decirte que el banco tiene razón, ya que al no estar completamente saldada la deuda, y siempre siguiendo las normas del B. de España, no pueden perdonar la deuda y por lo tanto no pueden dar el certificado para darte de baja en el ASNEF. La legislación mercantil indica que si con la subasta de los bienes del quebrado no hay suficiente para el cobro total de la deuda podrá el acreedor iniciar nueva reclamación si tuviere conocimiento de nuevos bienes del deudor, eso en lenguaje entendible.
Como ves, no hay posibilidad. Ah te comento, las deudas por cantidad, según el artº 1964 del Código Civil, prescriben a los 15 años.

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