Hola. Voy a vender mi casa y tengo una pregunta que me gustaría que me contestara algún experto: ¿Cuánto tiempo tengo, una vez vendida la casa, para comprar otra sin que HACIENDA me cobre por incremento de patrimonio? (Creo que son tres años) pero me gustaría que alguien me lo confirmara. Gracias por todo.
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Respuesta de rm13
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rm13, realmente no soy experta en nada en concreto pero hay peguntas...
Son dos años, lo de los 3 que te suena es para que la que tienes sea considerada habitual.. te explico... Si al vender tu vivienda habitual, solicitas exención por reinversión en otra habitual, puedes quedar exento del impuesto (no pagarías) si reinviertes en la nueva TODO lo obtenido de la venta. Solo en ese caso de reinversión te podrías descontara del importe de la Venta la hipoteca que te quedara pendiente y esa cantidad resultante seria la que deberías reinvertir para quedar exento del pago. El plazo que tienes para reinvertir esa cantidad es de dos años, y estos pueden ir tanto por delante de la venta como después. El otro requisito que piden es el de que la casa que vendes sea habitual, y para eso debes tenerla y vivir en ella al menos 3 años. Si no fuera tu caso, que la tuvieras menos de 3 años, a lo mejor podrías acogerte a algunas de las excepciones, como que vendes por matrimonio, por separación, por nacimiento de hijos, cambio de residencia por cambio de trabajo, etc... pero no olvides que si te acoges a una excepción la deberás poder justificar... Por ejemplo. Vendes tu casa en abril de 2005 por 35kilos La compraste en agosto de 2003 por 20 Te queda una hipoteca de 17 Motivo del cambio: ¡Te casas! (Esto es para justificar que no la has tenido 3 años) Tus ganancias patrimoniales serian la venta (sin incurrir en gastos, 35) menos lo que te costo (20), es decir 15 kilos y sobre estos pagarías el 15 %, o sea, 2.250.000 ... mucho...¿no? Si solicitas exención por reinversión en otra vivienda, los números cambian... Venta 35 menos hipoteca 17= 18 kilos que son los que deberías reinvertir en la nueva vivienda y entonces pagarías a hacienda CERO porque estarías exento del impuesto. Para estar en plazo de reinversión, si la venta la haces en abril de 2005, podrías comprar hasta abril de 2007 ya que tienes 2 años para hacerlo desde que vendes. También te hubiera servido si hubieras comprado el piso antes de vender el tuyo, tendrías los 2 años por delante... Espero haberme explicado bien y por supuesto, haber aclarado tus dudas...