Declaración con Venta Piso <3a, y matrimonio
Comprasteis un piso en junio de 2002 por 26 kilos y lo habéis vendido a finales de 2004 por 30
Podéis considerar que era vuestra viv. Habitual aunque no hayan pasado los 3 años porque os habéis casado... Que es una de las excepciones.
En principio vuestras gananicas patrimoniales (Valor venta - valor adquisición) son 30 - 26 = 4 kilos y pagaríais el 15% de eso...
Pero si solicitais exencion por reinversion Podeis quedar exentos del impuesto si reinvertis TODO lo obtenido en la venta (30 k) en el nuevo piso...
Solo en eso caso de reinversión os podéis descontar de los 30 kilos de ela venta la hipoteca que quedara pendiente en el momento de la venta. Así que el importe que estaríais OBLIGADOS a reinvertir en el nuevo piso seria de 30 kilos menos hipoteca = importe X
Si en el piso nuevo que habéis comprado y que os cuesta 50 kilos, reinvertis ese importe X, quedareis exento del impuesto.
Decirte que tenéis dos años desde la venta para reinvertir en el piso nuevo ese importe X. (te digo esto por si no lo hubieras reinvertido todo, que sepas que si dispones del dinero, todavía estas a tiempo.)
Si ademas tanto la venta del anterior como la compra (escritura) del nuevo se hace todo en el mismo año, es decir, en el 2004, NO DEBERÉIS DECLARAR DICHA OPERACIÓN
Espero haberte aclarado las dudas, por favor si no tienes más consultas, no olvides puntuar la respuesta.
Podéis considerar que era vuestra viv. Habitual aunque no hayan pasado los 3 años porque os habéis casado... Que es una de las excepciones.
En principio vuestras gananicas patrimoniales (Valor venta - valor adquisición) son 30 - 26 = 4 kilos y pagaríais el 15% de eso...
Pero si solicitais exencion por reinversion Podeis quedar exentos del impuesto si reinvertis TODO lo obtenido en la venta (30 k) en el nuevo piso...
Solo en eso caso de reinversión os podéis descontar de los 30 kilos de ela venta la hipoteca que quedara pendiente en el momento de la venta. Así que el importe que estaríais OBLIGADOS a reinvertir en el nuevo piso seria de 30 kilos menos hipoteca = importe X
Si en el piso nuevo que habéis comprado y que os cuesta 50 kilos, reinvertis ese importe X, quedareis exento del impuesto.
Decirte que tenéis dos años desde la venta para reinvertir en el piso nuevo ese importe X. (te digo esto por si no lo hubieras reinvertido todo, que sepas que si dispones del dinero, todavía estas a tiempo.)
Si ademas tanto la venta del anterior como la compra (escritura) del nuevo se hace todo en el mismo año, es decir, en el 2004, NO DEBERÉIS DECLARAR DICHA OPERACIÓN
Espero haberte aclarado las dudas, por favor si no tienes más consultas, no olvides puntuar la respuesta.
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Respuesta de rm13
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