Factura de alquiler de piso

Una factura de alquiler de un local para actividad comercial lleva retención e IVA. Que exige al arrendador darse de alta en el IAE y en Censal y luego declarar el iva trimestralmente. Mi duda es sobre que diferencia hay si lo que alquilo es un piso para vivienda habitual, ¿tengo qué hacer factura con IVA y retención? ¿Tengo qué darme de alta en hacienda en el 840 y la censal y el IVA?
Respuesta
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Si se trata de un alquiler de vivienda habitual, no está sujeta a retención por IRPF al no ser local de negocio, y está exenta de IVA, por tanto el propietario de esta vivienda no tendrá que darse de alta en el censo.
Sin embargo si que tendrá que declarar los ingresos en la declaración por IRPF, así como los gastos necesarios para conseguir esos ingresos, dentro del apartado "Rendimientos del capital inmobiliario"

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