Plusvalía venta de piso compartido

Hola, gracias por su atención por adelantado.
Tenemos un piso comprado en el año 97 y que está a nombre de los tres hermanos que somos (2 y yo).
Me he casado hace un año y mi mujer tiene una cuenta vivienda desde hace 2 años (2 deducciones obtenidas) abierta en Navarra. Ella, ttras casarse conmigo y venirse a vivir a Madrid, se ha empadronado en Madrid por motivos de trabajo. Primera pregunta: ¿La validez del periodo de tiempo para comprar la vivienda de su cuenta sigue siendo la perteneciente a Navarra o ya se aplica la existente en Madrid (6 años Navarra - 4 Madrid)?
Con esa cuenta vivienda, queremos aprovechar para comprar a mis hermanos sus partes correspondientes de la vivienda comprada en 1997. ¿Cuánto y quienes deberían pagar plusvalía por esa venta? ¿Se puede hacer algún tipo de donación de sus partes sin declararlo o a cuanto ascendería eso?
Gracias, sé que es un caso complicado, pero muy importante para mí.

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La fiscalidad aplicable a tu mujer vendrá determinada por la vecindad civil que haya adquirido, y eso irá en función del régimen por el cual oa habéis casado. Si es separación de bienes, entonces cada uno conserva su vecindad civil, por lo que ello puede seguir aplicándose la fiscalidad de NAvarra, y por tanto conservaría el plazo de 6 años. De todas formas, desconozco la ley de Navarra y yo de vosotros confirmaría si hace referencia a que la vivienda adquirida esté dentro de NAvarra.
En cuanto a la plusvalía por la venta, la deben pagar los vendedores, y sería de un 15% de la misma al haber sido generada en más de 1 año.
Sí se puede hacer una donación, pero tributa entre un 7% y un 34% en función del valor de la cosa donada y con aplicación de unos factores en función del grado de parentesco. En este caso paga el impuesto el que recibe la donación.

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