Vacaciones disfrutadas sin derecho

Hola tengo una duda respecto a liquidación que tengo que hacer, tengo que confeccionar varios finiquitos, las vacaciones disfrutadas de más sin corresponder, hasta ahí todo controlado pero tengo una duda a la base de cotización, mi compañera opina que el importe negativo de las vacaciones se debe descontar de la base de cotización, pero yo opino no, he recabado información en varios sitios y tengo opinión para todos los gustos, me gustaría saber que opinas al respecto o si conoces sentencia o normativa que avalen una de las dos opciones. Yo no he encontrado nada al respecto, los manuales no se mojan

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Pues no estoy muy segura, pero yo diría que no, que se descuenta del salario bruto generado. No dispongo de legislación ni bibliografía que sustente mi opinión, lo siento. Hablo desde mi experiencia. Si fuera al contrario, si la empresa tuviera que pagar vacaciones generadas pero no disfrutadas, ¿se computaría como salario bruto o como base de cotización? Supongo que sería el caso contrario. Lo siento.

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