Cuentas contables del grupo 5 del plan general de contabilidad. Aplicaciones y anotaciones

Por mucho que lo intento necesito un ejemplo claro para ver la diferencia existente entre las cuentas 550 y 553, ya que leyéndome el pgc no lo tengo muy claro y tiendo a mezclarlas.

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La cuenta 550 es "Titular de la Explotación" y se usa en negocios con la forma jurídica de EMPRESARIO INDIVIDUAL en el que la persona jurídica empresa es la misma que la persona física empresario.
La cuenta 553 es "Cuenta corriente con socios y administradores" su función es casi la misma que la de la cuenta 550 pero con la diferencia de que esta cuenta se usa en Sociedades y otras empresas en las que la persona jurídica empresa es diferente de la persona física administrador o socio.
Aparte que los movimientos de la cuenta 550 no tienen repercusiones fiscales mientras que los de la 553 pueden tenerlas al poder dar lugar a retribuciones en especie.
Buenos días gracias por tu respuesta, me ha quedado bastante claro pero entonces, explico: empresa en la que trabajo es una empresa media en la que es un sociedad limitada y los socios son dos hermanos los cuales son los dueños ... han pedido un préstamo a nombre de la empresa pero para liquidadar un préstamo personal de los dos de un apartamento... ya se que esta mal por su parte pero son así... en que cuenta debo ponerlo en la 550 o 553, con aclaración de que no piesan devolver dicha cuantía a la empresa, no se si me he explicado, por favor a ver si puedes aclarármelo, gracias de nuevo y saludos pili
Si no piensan devolver ese importe a la empresa no se trata de un préstamo sino de un pago que se hace de forma definitiva.
Esto puede hacerse por dos conceptos:
1: Como pago de dividendos
2: Como pago de salario
En cualquier caso iría a las cuentas correspondientes en cada situación.
El cada caso la implicación fiscal está clara.
Tercera opción: Que el préstamo se devuelva, en esta situación se produciría un RENDIMIENTO EN ESPECIE por los intereses que no se pagarían a a la empresa por parte de los socios.
En resumen: El problema no está tanto en la forma de contabilizar sino en las implicaciones fiscales que para empresa y socios tiene la operación.
Al tratarse de personas diferentes esos movimientos NO SON NEUTROS y hay que declararlos.

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